La Cámara Federal de Casación Penal dio a conocer la sentencia por la causa «Vialidad» a la ex vicepresidenta en los tribunales de Retiro.

Miércoles 13 de noviembre de 2024 (NA). La Cámara Federal de Casación Penal confirmó hoy la condena a seis años de prisión a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner por «administración fraudulenta» agravada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa “Vialidad”.
Así lo dieron a conocer durante la sentencia en los tribunales de Retiro, a la vez que se confirmó la absolución de la ex mandataria por el delito de asociación ilícita por mayoría de dos  votos a uno.
Además, Casación confirmó las penas a seis años de prisión al ex secretario de Obras Públicas José López, el extitular de Vialidad Nacional Nelson Periotti y a Lázaro Báez.
También se confirmó la absolución del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y las absoluciones de Abel Fatala y Héctor René Garro.
En tanto, confirmó las condenas a Juan Carlos Villafañe a 5 años y Raúl Pavesi a 4 años y 6 meses de prisión, a José Santibáñez a 4 años  y Raúl Daruich  a 3 años de prisión, todos ex funcionarios de Vialidad.

Los puntos principales de la sentencia

Los jueces de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos dieron sus argumentos para confirmar la condena a seis años de prisión a la ex vicepresidenta Cristina Kirchner por «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública» en la causa Vialidad a lo largo de 1.541 carillas.
Los siguientes son los puntos principales de la sentencia:
-«Todas las pruebas permiten acreditar (con el grado de certeza que requiere una condena) la responsabilidad penal de Cristina Fernández de Kirchner en el delito».
-«Se demostró un conjunto de actos de gobierno del Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de concretar la ejecución de la maniobra, reafirmando el funcionamiento del circuito de irregularidades».
-“De esa forma, se comprobó la concreta intervención de Cristina Fernández de Kirchner en una maniobra defraudatoria a la Administración Pública”.
-“Ello por haber firmado el Decreto PEN 54/2009 con las modificaciones en las cuales se otorgó plenos poderes a la Dirección Nacional de Vialidad para hacer uso discrecional de los fondos para obra pública vial (bajo la órbita del Secretario José López), sumado a sus comprobados vínculos con Lázaro Báez, a las alertas de denuncia de corrupción que decidió ignorar y a su intervención en el tramo final de la maniobra investigada en el cual, en connivencia con Lázaro Báez, José López y otros se ocupó personalmente de intentar generar impunidad”.
-“Esas pruebas demostradas en el caso permitieron desvirtuar los planteos de las defensas por los cuales intentaron echar culpas en los jefes de Gabinete, a pesar de ser el Presidente de la Nación la máxima autoridad del país, quien intervino directamente en la maniobra defraudatoria enjuiciada, condenada y confirmada”.
-«La empresa Austral Construcciones SA (del condenado Lázaro Báez) principal beneficiaria de obra pública de Santa Cruz dio inicio a sus actividades días antes de que fuera irregularmente adjudicataria de un gran caudal de contratos en el marco de licitaciones públicas en las cuales no hubo competencia alguna».
-«La entonces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto PEN 54/09 -con la previa intervención de José Francisco López, quien desde la Secretaría de Obras Públicas sugirió la medida-, decreto que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad a cargo de Nelson Periotti financiar directamente las obras viales que se le adjudicaban irregularmente a Lázaro Báez”.
-«Los indicios de tenor subjetivo demostraron el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Fernández de Kirchner en el hecho juzgado».