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Misiones Plural

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Analizan en Diputados la creación del Consejo Provincial de Turismo

 

Funcionarios del Ministerio de Turismo de Misiones explicaron los alcances de este órgano consultivo que integrará a los 75 municipios y al sector privado. Pretenden capacitación, infraestructura, desarrollo y mejoramiento de la oferta turística integral del destino Misiones. Seguir leyendo «Analizan en Diputados la creación del Consejo Provincial de Turismo»

Misiones tendrá programa de viviendas móviles para trabajadores rurales

La iniciativa del diputado Darío Pietrowski (foto) obtuvo el acompañamiento de Carlos Rovira. Las viviendas móviles estarán emplazadas sobre un tráiler. Buscan mejorar las condiciones del hábitat laboral de los trabajadores rurales y dotarles de un refugio confortable y digno que sea utilizado durante el tiempo de trabajo en áreas rurales. Seguir leyendo «Misiones tendrá programa de viviendas móviles para trabajadores rurales»

Crearon por Ley el Instituto de Capacitación e Investigación de la Madera y el Mueble

Funcionará en la ciudad de San Vicente, con el objeto de capacitar e investigar sobre la madera y el mueble. Apuntan a mejorar las capacidades de las organizaciones en el uso de maquinaria y perfeccionar recursos humanos, otorgándole mayor valor agregado a la madera. Seguir leyendo «Crearon por Ley el Instituto de Capacitación e Investigación de la Madera y el Mueble»

Demandan más sentido federal al consenso por la ley para electrodependientes

El diputado misionero, Jorge Franco, demandó se contemple a las provincias en la reglamentación de ley de gratuidad del servicio eléctrico para enfermos electrodependientes que ayer tuvo media sanción en la Cámara Baja. En contrapunto con el miembro informante, consideró que la Nación debería acompañar en términos económicos y que el consenso alcanzado debe tener sentido federal.

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Tarjeta roja para cinco mil trabajadores de Turismo

Avanza una nueva ley en la Nación que dejará afuera a miles de profesionales en Turismo. La impulsa el PRO y el radicalismo, desde la figura de un árbitro de fútbol. Tendrá un fuerte impacto en un sector ya de por si golpeado. Los colegios de profesionales del sector –el de Misiones entre ellos- observan en silencio.

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Misiones contará con el Digesto Jurídico de Género

Se trata de una compilación ordenada de la legislación internacional, nacional, provincial y municipal de protección de la mujer y grupos vulnerables. Será diseñado para contribuir a la promoción y defensa de las garantías ciudadanas, visualizando al género como relación social. Seguir leyendo «Misiones contará con el Digesto Jurídico de Género»

Ley de Educación Digital pone foco en los cambios del paradigma socio-cultural

 

Rovira presentó un proyecto de Ley de Educación Digital que pretende adaptar el sistema educativo a los cambios de paradigmas de la sociedad del Siglo XXI. El proyecto no es autónomo de la ley General de Educación en estudio hace tres años. Admite que en la nueva sociedad persisten las desigualdades por lo que acentúa la regulación del Estado. El proyecto también refuerza el rol de la Escuela y de los docentes. La emergencia de la cultura digital y del pensamiento computacional obliga, con desafíos pedagógicos, a la formación permanente. El nudo del proyecto no es instrumental sino ideológico ya que propende generar pensamiento crítico, mayor autonomía de los estudiantes y aprender para resolver problemas articulando teoría y práctica. Ver proyecto de Ley textual

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Respetar la Constitución es admitir que las mayorías y minorías se legitiman en el voto no en normas

Las oposiciones en la provincia se niegan a sí mismas. Protagonizan un piquete en el Tribunal Electoral en reclamo de una distribución de bancas legislativas con actitudes anti-institucionales.  Como en el 2011 invocan un artículo de la Constitución que ya Rovira había destacado “se contradice con dos axiomas constitucionales: i. que la soberanía reside en el pueblo y ii. derechos establecidos en el Pacto de San José de Costa Rica”.   

De espaldas al contundente pronunciamiento popular en las urnas el 25 de Octubre, la dirigencia de las oposiciones, aun las que obtuvieron menos votos que los blancos y nulos, reclaman bancas para las que no fueron votados. Están protagonizando un show para los medios invocando el artículo 48 de la Constitución Provincial. Desde una lectura sesgada, a la que se suma el Colegio de Abogados, piden “respetar la Constitución”. Lectura sesgada porque no la leen toda.  Interpretan que el Art. 48 inciso 5 de la Constitución Provincial establece una representación de un tercio del total a las minorías y en ese sentido insisten en que concejales y diputados electos deben dejar su lugar a las minorías.

HAY QUE LEER TODA LA CONSTITUCIÓN: Pero una lectura integral de la Constitución es mucho más significativa. Es axiomático que la soberanía reside en el pueblo, del cual emanan todos los poderes. Es axiomática también la determinación de la Constitución Nacional y de los pactos con rango constitucional que establecen que la base de nuestra democracia es la representación. Se habla de la Cámara de Representantes. Nadie puede arrogarse ningún poder sino el que emana de la voluntad popular que es soberana y se manifiesta en el voto. Este concepto no debe ser falseado. Es inaudito que se desconozca el resultado electoral.  Además, la primera minoría con 83 mil votos, está en los niveles de la suma de votos en blanco y nulos que totalizaron 81 mil, casi 30 mil más del partido que reclama la banca, mientras la renovación supera los 394 mil votos. Son nueve partidos con menos de los votos en blanco y nulos. Aplicando el sistema d´hont en todos los casos, les tocan sólo seis bancas. Como ya hubo de sostener el presidente de la Cámara en 2011, “Se pretende vaciar de contenido el pronunciamiento del pueblo con la fabricación de una minoría absurda”.

ES LO QUE DECIDE LA GENTE: Cuando en 2011 se pretendió hacer la misma lectura de la Constitución, Rovira fundamentaba las bancas en el concepto central de la Constitución, referido a la soberanía popular, sustentada en el voto de los misioneros. Dijo entonces que  “está sostenido en dos axiomas: I. En la determinación de la Constitución Nacional de que la soberanía reside en el pueblo; y II. En lo que establece el Pacto de San José de Costa Rica, al que adhieren las constituciones nacional y provincial. El pacto establece el derecho inalienable de elegir y ser elegido.  Estos axiomas fundamentan argumentos incontrastables e irreducibles para defender el voto popular que dio representación a 18 (hoy a 14) diputados de la renovación”. Insistía en que “es el pueblo con su voto el que dice lo justo. Es el pueblo el que dice quién es mayoría y también minoría. La cantidad en un pronunciamiento popular se traduce en calidad. Es absurdo que una interpretación a una norma programática, no reglamentada, le saque votos a quién le dio votos el pueblo.  Es absurdo que una interpretación contraríe una decisión del pueblo.  Además es una ínfima minoría que con esa interpretación amañada se asemeja al estilo de la CAL, que en épocas de la dictadura sustituyó a la Cámara de Representantes con el asesoramiento de unos pocos, que se creían iluminados, interpretaban las normas desde una doctrina facciosa”.

ABORDAJE POLÍTICO, HISTÓRICO Y CONSTITUCIONAL: Lo que se discute para la distribución de las bancas en Diputados y los Concejos, puede tener un abordaje político, un abordaje histórico y un abordaje constitucional. Desde lo político es claro y está reflejado en el resultado electoral que resume el pronunciamiento popular, el sentido del voto. Los misioneros votaron masivamente por los candidatos de la renovación. Hay un sistema de distribución de los cargos que es el sistema d´hont y que garantiza una proporcionalidad en función de los votos de cada partido. La renovación para diputados obtuvo el 56%  de los votos y el partido que le sigue el 11 % de los votos. En consecuencia no hay nada que discutir.  Políticamente hay otro dato sustancial, la primera minoría empató con  la suma del voto en blanco y nulo que superó a las adhesiones de nueve partidos. En los números hay una clara manifestación de la voluntad popular. No hay nada que discutir.  Desde un abordaje constitucional, es cierto que un artículo programático establece la idea de garantizar un tercio de las bancas de la Cámara a la minoría, pero hay otros artículos, que son axiomáticos que determinan que la soberanía reside en el pueblo y del pueblo emanan los poderes. A los abogados les encanta hablar de colisión de derechos y emplear términos difíciles para que la gente común no entienda. Pero la realidad es lo que dice el pueblo no los papeles. Seguramente habrá apelaciones a la decisión de los jueces misioneros, pero la verdad en política se legitima en la voluntad popular. Y finalmente el abordaje histórico no puede dejar de tener en cuenta la Constitución de Misiones fue hija de una circunstancia en la que el peronismo estaba proscripto. Se la armó de tal manera que el peronismo al llegar a ser gobierno iba a quedar con el poder disminuido. Esa restricción del amañado artículo 48, queda al desnudo cuando se lleva la situación al absurdo. Si  la minoría saca un solo voto podría reclamar un tercio de las bancas.

EL CONCEPTO DE MINORÍA: Evidentemente el concepto de minoría no es claro, pero a través de ese difuso concepto se pretende arrebatarle las bancas que el pueblo quiso adjudicarle a la renovación. La legitimidad de la minoría debe surgir, como la legitimidad de la mayoría de la voluntad popular no de la letra de una ley. La legitimidad en la representatividad política tiene su origen en los votos. Es el pueblo a través de su pronunciamiento en las urnas el que define el espacio al que cada partido y cada candidato deben acceder. En nuestro sistema electoral, minoría es aquella que alcanza la cifra repartidora dada por el cálculo a través del sistema d´hont. En consecuencia, es arbitrario e injusto que se pretenda integrar una minoría ficticia, que no llega a ser tal, imponiendo la letra de una norma a la voluntad popular. Es decir que, estrictamente, los que no alcanzan la cifra repartidora no son minorías, sino partidos con menor número de votos. El sistema d´hont  en vigencia, califica a la mayoría y minoría como el juego de los contrapesos necesarios en una democracia.  Hay sistemas diferentes, como en las primarias de los Estados Unidos, en los que el que gana, aunque sea por un voto, se lleva todos los convencionales.  Aquí Puerta y Viana impusieron el 9 x 6, entonces con el propósito de limitar paridades en el parlamento. Concretamente: la minoría no es un concepto legal, debe tener su legitimidad dada por los votos. Y lo real es la extraordinaria manifestación popular. Nadie puede arrogarse poderes o bancas sin tener la legitimidad necesaria. Legitimidad es la clave en política. 

Otro dato complementario. El mismo artículo 48 prohibió el voto a los policías.

La doctrina renovadora para el agro elaborada sistemáticamente con la sanción de leyes es distorsionada en la práctica

El gobernador Closs ha provincializado las categorías de continuidad con cambio como ejes conceptuales de la oferta electoral de la renovación para las elecciones de octubre.  Puede sonar como un oxímorón, porque en la superficie son dos conceptos opuestos, utilizados en la misma expresión. Pero como no se trata de semiótica sino de política, en el contexto histórico que vivimos se entiende que los dos conceptos unidos no son contradictorios. Remiten a una imagen que sintetiza las demandas mayoritarias del pueblo misionero. Los treinta años de democracia, alcanzados ininterrumpidamente por primera vez en la historia argentina, fueron construyendo ciudadanía. La inmensa mayoría ha aprendido de lo perjudicial de las políticas pendulares que en los gobiernos populares bregan por aumentar el ingreso de los sectores del trabajo y en los gobiernos conservadores se dirigen al otro extremo, desandan el camino y defienden el ingreso de los sectores más poderosos de la economía. Desde esta perspectiva, todas las mediciones que consultan las motivaciones del electorado revelan que una amplia mayoría está dispuesta a defender las conquistas logradas en los gobiernos  de la renovación. No se quiere una vuelta atrás.  Pero paradojalmente, la misma gente pide más renovación, o reformas si no se quiere utilizar el concepto que en Misiones tiene connotaciones partidarias.  En síntesis la mayoría aprueba el rumbo de las políticas de transformaciones, pero sin renunciar al reclamo de correcciones.

CONTINUIDAD Y CAMBIO EN EL AGRO: La propia dirigencia del FRC se ha pronunciado públicamente sobre la necesidad de afinar la gestión y más de una vez se apuntó a la burocratización de algunos dirigentes con funciones de gobierno.

Las quejas en la aplicación de las políticas para el agro, en ese sentido, son paradigmáticas. Ya desde la intendencia de Posadas Carlos Rovira en 1995 (ocho años antes de la conformación de la renovación)  puso, se puede decir, la `primera piedra de lo que sería después la política para el agro que, desde la creación de las ferias francas, estuvo asociado a lo social, desde una concepción humanista. ¿Qué es eso?: invertir la lógica de la economía de mercado que termina desplazando al pequeño productor por ineficiente. Dar vuelta este concepto para sostener que lo eficiente se mide desde las condiciones de vida en la chacra. Al mismo tiempo, integrar el sentido de todas las políticas sectoriales. Por ejemplo: el desendeudamiento, que se inició ya en el gobierno de Rovira pre-renovación, constituye une de los logros fundamentales del Estado misionero en  los últimos quince años ya que libera la toma de decisiones que se ve sometida con un Estado endeudado.  Pero sus beneficios se legitiman en el consenso social que logra la gestión de gobierno, en el destino que se le dan a los recursos.  Precisamente, la forma en que se invierte en el agro es lo que organizaciones sectoriales pretenden modificar. Sostienen que a pesar de la orientación correcta de la estrategia general de la política agraria, en los últimos años se advierte que esa premisa de invertir la lógica del mercado por una lógica humanista se ha diluido. Aunque es difícil cuantificar, se estima que dos tercios de los 30 mil productores están quedando afuera de los programas más dinámicos por la sencilla razón de que no pueden acceder al sistema de créditos. La concentración que se está dando en la expansión ganadera es un ejemplo. Lo macro y las estadísticas de crecimiento de la población de ganado vacuno, esconde la ausencia del Estado en la asistencia a los colonos más pobres. Una vaca en una chacra, que pueda dar dos o tres litros de leche por día, tiene una significación social que se escapa a la mirada del economista de escritorio.  

LEYES QUE CONSTRUYEN UNA DOCTRINA: Revertir esta tendencia es uno de los cambios que demanda el pequeño productor. Por supuesto que defiende la continuidad del rumbo consolidado en leyes sancionadas por la renovación con el apoyo de otras fuerzas políticas.  Pero no se deja de advertir que al interior de la renovación hay tendencias inerciales a dejar hacer y dejar pasar. Son los dirigentes que se dejan seducir por la prédica más propia del neoliberalismo. Por ejemplo, para dar uno sólo,  cuando el ministro del Agro aborda la problemática yerbatera desde la viabilidad de los molineros, está cambiando la lógica de la economía social que es la impronta de la renovación.  No es casual que desde afuera y adentro del movimiento político se denuncie que el Ministerio está manejado por Alex Ziegler a través del poder que ha concentrado la directora administrativa desplazando a los funcionarios políticos en la toma de decisiones.  La administradora es la apoderada del partido que inscribió el diputado que, no casualmente, utiliza la palabra Libertad para diferenciarse como oferta electoral. ¿Libertad para los mercados?

Lo cierto es que la práctica desde el Ministerio desanda, sin previo aviso, el rumbo que se va definiendo desde las leyes para el agro que, como en toda la renovación van construyendo un marco doctrinario que debe servir de referencia conceptual para la acción.  Repasando las leyes para el agro sancionadas desde 2011, podemos recordar:

*Ley VIII – N° 61 que autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a constituir una S.A. con participación estatal mayoritaria con el objetivo principal de contribuir al incremento de la producción local con criterios de sustentabilidad ambiental.

*Ley VIII – N° 67 que establece el Ordenamiento Productivo de la Provincia  que busca promover un desarrollo armónico, equilibrado y sostenible para las diferentes regiones que componen el territorio de misionero.     

*Ley VIII – N° 63, instituyendo el Régimen Provincial de Asistencia para el Sector Tabacalero.  La Ley atiende las demandas de los pequeños que no son sujeto de créditos ni acceden a los mercados. Precisamente son alrededor del 70% de los productores dedicados a esta actividad poseen inconvenientes con respecto a la titularidad de dominio de las tierras que cultivan, siendo escasa la posibilidad de rotación de cultivos y por ende muy alta la degradación del suelo a raíz de la explotación intensiva que realizan. Algunos se ven obligados a abandonar sus pequeñas parcelas para ir a instalarse en otras tierras con mayor grado de fertilidad, lo que produce grandes movimientos migratorios dentro de nuestro territorio provincial. La ley se propone que el Estado se haga presente solidariamente  para acompañar y resarcir al pequeño productor tabacalero que está sometido a los avatares del clima y los procesos económicos.

*Ley XVI – N° 109 que dispuso la la creación de Registros de Ocupantes, Concesionarios, Adjudicatarios y Propietarios de Lotes Fiscales y de Ocupantes, Adjudicatarios y Propietarios de Inmuebles de Origen Privado, en el ámbito de la Subsecretaría de Tierras y Colonización del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables.

*Ley XXIV – N° 11  que declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación, inmuebles del municipio Puerto Piray, con destino a regularización dominial de tierras y plan especial de colonización, arraigo y desarrollo agrario.

*Ley VI . N° 165 estableciendo la incorporación de enseñanza del “Cooperativismo” en los establecimientos del Nivel Inicial, Educación Primaria y Secundaria, Institutos Superiores de Formación Docente y en los regímenes especiales de la Provincia”.

*Ley VIII – N° 64 que creó el Programa de Beneficios para los Egresados de las Escuelas Técnicas Agropecuarias con el propósito de atender uno de los temas más importantes que afronta un recién egresado emprendedor, que es lograr el capital semilla suficiente para poner en funcionamiento su proyecto.

*Ley VIII – N° 66  Adhesión a la Ley Nacional N 26.141 Régimen Para la Recuperación Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina.

*Ley VIII – N° 68 instituyendo la Ley de Fomento a la Producción Agroecológica u Orgánica.

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