Alberto Fernández decidió que la creación de capitales alternas tenga el respaldo institucional de una Ley. Por eso no sólo refuerza la relación del Presidente con los Gobernadores sino que se constituye en estructurante de la Argentina, tanto como la resolución de la deuda externa. Por eso la iniciativa federal junto a la exposición del ministro Guzmán en el Congreso fueron claves en la semana en que la Casa Rosada recuperó la iniciativa política.

Jueves, 13 de febrero de 2020. Alberto Fernández retomó esta semana la iniciativa política que parecía diluirse en indefiniciones y las diferencias internas que ganaban la tapa de los diarios, como en el área de Seguridad y la categorización de los detenidos en procesos arbitrarios y persecutorios por la politización del Poder Judicial.
En Palacio, el ministro Martín Guzmán fue contundente. En su exposición en el Congreso, el técnico mostró, sin perder su estilo, un perfil político que sorprendió a propios y extraños. Celebró el consenso alcanzado para que “entre todos acabemos con la angustia de la deuda. “Que éste sea el principio de un Nunca Más a los ciclos de sobre-endeudamiento”, dijo para encuadrar el sentido de la decisión de mostrar la voluntad de pagar, pero al mismo tiempo no permitir que fondos extranjeros definan las políticas macroeconómicas.
La resolución de ese frente con los acreedores, bonistas, bancos y FMI, es en definitiva estructurante no sólo de la economía y la sustentabilidad del desarrollo sino también de la sociedad argentina.
Alberto logró el respaldo del mundo empresario y sindical que se mostró en los palcos siguiendo la exposición de Guzmán mientras organizaciones sociales replicaban el apoyo en una movilización multitudinaria que pulseaba el dominio de la calle a los dos extremos del arco ideológico: la izquierda que mostró su intransigencia en un acto en Plaza de Mayo y los sectores concentrados que en Pergamino, uno de los centros sojeros de la pampa húmeda, las bases de las Confederaciones Rurales movieron tractores a las rutas, expresando la intransigencia a pagar, no la deuda, sino los impuestos.
Alberto y los gobernadores
También ayer se conoció el proyecto del presidente Fernández de instalar las capitales alternas en las provincias como había propuesto en la campaña electoral. Envió al Senado un proyecto de ley para darle a la iniciativa un matiz institucional y se instale como política de Estado.
Refuerza así Fernández su vínculo con los gobernadores. Este vínculo es constituyente del “albertismo” desde un abordaje político y también estructurante de la Argentina si el vínculo trasciende los nombres y logra constituir un lazo entre la Casa Rosada y las Provincias.
En el mensaje al Congreso, destaca el proyecto que lleva las firmas de los ministros Cafiero y de Pedro, se establece un encuadre histórico y de filosofía política para dejar en claro que el propósito es materializar el mandato constitucional que define claramente el espíritu federal de la organización de la Argentina como república que en la práctica ha ejercido el poder en forma centralizada.
“Esto es más que simbólico”, se destaca en el mensaje. Por eso, el nudo del proyecto, no pasa por el desembarco de los funcionarios en las capitales alternas, sino la disposición de instalar en esas capitales, la sede central de determinados organismos del Sector Público Nacional definidos en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, cuyas competencias condicen con las particularidades demográficas, culturales, sociales, económicas y productivas de las provincias argentinas.
En Oberá, la capital alterna elegida en Misiones por sugerencia del gobernador Oscar Herrera Ahuad, se instalarían tres organismos nacionales, pero desde el Municipio desconocen cuáles y cómo será el mecanismo ya que no cuentan con precisiones al respecto.
El mensaje al Congreso
“Tengo el agrado dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un Proyecto de Ley cuyo objetivo es acercar las políticas de descentralización y federalización a todo el territorio nacional y profundizar la gestión y los asuntos de gobierno, atendiendo las potencialidades y problemáticas de las diversas regiones que lo componen.
“El artículo 1 de la Constitución Nacional establece que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal.
“La determinación del Constituyente de 1853-1860 implica la adopción de un sistema de poder que engloba a la Nación Argentina y a las provincias que la componen, que se refleja en el texto de la Norma Fundamental, desde su Preámbulo hasta la distribución metodológica de tratamiento, en su Segunda Parte, referida a las Autoridades de la Nación, del Gobierno Federal (Título I) y de los Gobiernos de Provincia (Título II).
“La consagración constitucional de la Nación Argentina como un Estado federal supone el reconocimiento y respeto de las identidades de cada provincia, así como relaciones de coordinación entre los Estados Provinciales y el Estado Nacional.
“Como afirma Juan Bautista Alberdi, en el símbolo o escudo de armas argentinas aparece la misma idea, representada por dos manos entrelazadas formando un solo nudo sin consolidarse: emblema de la unión combinada con la independencia (Alberdi, Juan Bautista, Bases y Puntos de Partida para la Organización Política de la República Argentina , La Plata, Terramar Ediciones, Pág. 146).
“De acuerdo con el principio fundamental del federalismo, todas las provincias deben hallarse en igualdad de condiciones. Sin embargo, una de las características de nuestro país es, justamente, la existencia de importantes desigualdades entre sus regiones. Dichas asimetrías territoriales deben ser objeto de políticas públicas que busquen su superación.
“Las buenas prácticas de gobierno recomiendan que dichas políticas públicas se implementen en un marco de adecuados niveles de coordinación entre los gobiernos involucrados, pues la cohesión y equidad territorial son ejes rectores de la acción del Gobierno Nacional y el diálogo y la acción conjunta deben ser el camino. Asimismo, es necesario lograr un desarrollo armónico que proporcione acceso a condiciones de vida equitativas y que favorezcan un genuino proyecto en común para todos los habitantes de nuestro país.
“En ese orden de ideas, la articulación de las funciones entre la Nación, las Provincias, la Ciudad Autónoma De Buenos Aires y las ciudades y municipios de la República Argentina debe tener el objetivo de garantizar la igualdad en los niveles de prestación de servicios públicos, equipamientos e infraestructuras.
“Al mismo tiempo debemos acercar el Gobierno Nacional a las realidades de las diversas jurisdicciones, así como también, impactar positivamente en las economías regionales. Atento a las consideraciones enunciadas, el Poder Ejecutivo Nacional ha llevado adelante un proceso de diálogo con las autoridades provinciales y ha consensuado que determinadas ciudades sean jerarquizadas mediante su declaración como Capitales Alternas.
“La declaración propiciada no tendrá un mero alcance simbólico, sino que redundará en un reposicionamiento de las ciudades elegidas en términos de su rol en la vida política y la gestión administrativa de nuestro país.
“De esta manera, el Jefe de Gabinete de Ministros propiciará el traslado a las Capitales Alternas de Ministros, Ministras, Secretarios, Secretarias, funcionarios y funcionarias del Poder Ejecutivo Nacional, a efectos de la celebración de reuniones de trabajo con las autoridades provinciales y con trabajadores, trabajadoras, empresarios, empresarias, organizaciones de la sociedad civil, instituciones, etc. Las reuniones deberán celebrarse con una periodicidad no mayor a los treinta (30) días entre una y otra y su plan de trabajo deberá bordar problemáticas específicas de la provincia donde se lleven a cabo, a fin de coadyuvar a implementar políticas públicas necesarias para promover la descentralización territorial.
“Los funcionarios y funcionarias del Poder Ejecutivo Nacional que asistan, deberán llevar un registro de las temáticas abordadas y elevar un informe mensual de seguimiento a la Jefatura De Gabinete de Ministros, con conocimiento del Ministerio Del Interior, a fin de dar cuenta de los consensos alcanzados, de las medidas adoptadas en consecuencia y de las propuestas de políticas públicas que se consideren de necesaria implementación.
“A su vez, el presente Proyecto de Ley plantea la posibilidad de avanzar en la relocalización y/o instalación en territorio provincial, de las sedes centrales o las delegaciones de diversos organismos y entidades del Sector Público Nacional.
“Por la Ley N° 1029 se declaró Capital de la República, a la Ciudad de Buenos Aires que, luego de la reforma constitucional de 1994, adquirió el status jurídico de Ciudad Autónoma De Buenos Aires. En esta ciudad, declarada Capital de la República Argentina, residen las autoridades que ejercen el Gobierno Federal conforme lo establece el artículo 3° de la Constitución Nacional Ello no resulta óbice para que determinados organismos del Sector Público Nacional definidos en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, cuyas competencias condicen con las particularidades demográficas, culturales, sociales, económicas y productivas de las provincias argentinas, puedan instalar su sede central fuera de la ciudad declarada Capital. La actuación del Sector Público Nacional en sus funciones ejecutivas desconcentradas en todo el territorio de la República, potenciará las mutuas fortalezas del accionar local y federal y permitirá revertir las actuales tendencias de concentración y polarización demográfica y espacial, al tiempo que estimulará el desarrollo del territorio en forma más equilibrada.
“Del mismo modo, es deseable que el efecto económico dinamizador derivado de la demanda de empleo, bienes y servicios del Gobierno Federal, pueda distribuirse de modo más armónico en el territorio de la Nación, por lo que deviene oportuno emprender un análisis exhaustivo que permita identificar aquellos organismos gubernamentales cuya relocalización y/o instalación en territorio provincial resulte aconsejable.
“La coordinación del proceso de evaluación y selección de las citadas dependencias quedará a cargo del Ministerio Del Interior. En cumplimiento de dicho cometido deberá tomar en consideración los siguientes parámetros:
I. Las competencias específicas del organismo bajo análisis;
II. Las propuestas recibidas desde los Gobiernos y Legislaturas provinciales y municipales;
III. El impacto potencial de la relocalización en las diferentes jurisdicciones;
IV. Las condiciones necesarias en términos normativos, geográficos, presupuestarios y de dotación de personal para la concreción de la iniciativa;
V. La consideración prioritaria de las Capitales Alternas como locación tentativa de las nuevas sedes de los organismos seleccionados, en línea con la jerarquización que se plantea de estas ciudades.
“Finalizado el proceso descripto, el citado Ministerio elaborará, juntamente con los titulares de los organismos a trasladar o a instalar, y las autoridades provinciales, una propuesta integral, con plazos tentativos de ejecución, que elevará para su evaluación a la Jefatura De Gabinete De Ministros y se someterá a la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional.
“Esta iniciativa se propone proveer a la prosperidad del país, al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social y al desarrollo igualitario de las provincias, tal como manda nuestra Constitución Nacional.
“Es necesario un federalismo cooperativo y horizontal en el que las Autoridades Nacionales y Provinciales actúen mancomunadamente como representantes de un mismo pueblo y que, en consecuencia, este no debe ser más que el primer paso en un nuevo modo de entender la relación entre el Gobierno central y las Provincias, basado en la equidad y el trabajo conjunto.
Mapa de las capitales alternas
Listado de “capitales alternas” que figuran el proyecto:
Buenos Aires: La Matanza y General Pueyrredón – Catamarca: Tinogasta – Chaco: Presidencia Roque Sáenz Peña – Chubut: Comodoro Rivadavia – Córdoba: Río Cuarto – Corrientes: Goya – Entre Ríos: Concordia – Formosa: Formosa -Jujuy: San Pedro de Jujuy – La Pampa: General Pico – La Rioja: Chilecito – Mendoza: Guaymallén – Misiones: Oberá – Neuquén: Cutral Có – Rio Negro: San Carlos de Bariloche – Salta: Orán – San Juan: Caucete – San Luis: San Luís – Santa Cruz: Caleta Olivia – Santa Fe: Rosario – Santiago del Estero: La Banda – Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: Río Grande – Tucumán: Monteros