La propuesta de Ricardo Quintela, presentada por la diputada Lourdes Ortiz, combina una suspensión de 180 días sobre las ejecuciones de vehículos y otros bienes registrables con un régimen para refinanciar deudas en mora. La Provincia busca limitar la acumulación de intereses y abrir una instancia de negociación entre acreedores y deudores.

Viernes 21 de agosto de 2026. La Rioja decidió intervenir sobre el endeudamiento de las familias con una medida que apunta al momento más delicado de una deuda: cuando la mora puede terminar con la ejecución del bien utilizado como garantía. El gobernador Ricardo Quintela impulsó una propuesta que la diputada provincial Lourdes Ortiz presentó en la Legislatura para suspender durante 180 días las ejecuciones prendarias y establecer un mecanismo de refinanciación para quienes acumularon deudas de consumo.
La medida toma como punto de partida una situación que atraviesa a hogares de distintos niveles de ingresos y adquiere una dimensión particular entre las familias que utilizan el crédito para afrontar gastos cotidianos. La deuda aparece cada vez con mayor frecuencia como una forma de cubrir la diferencia entre los ingresos disponibles y el dinero que exige el consumo mensual.
Un relevamiento nacional realizado durante agosto por el Instituto Periferias sobre más de 5.000 familias de barrios populares expuso esa situación. El estudio registró un 59,8% de personas endeudadas y señaló que el 42,3% de quienes contrajeron deudas utilizó el dinero para comprar alimentos.
El dato marca una transformación en el uso del crédito. Una familia puede recurrir a un préstamo para adquirir un bien y distribuir su costo durante varios meses. Cuando utiliza ese dinero para comprar comida, en cambio, financia una necesidad inmediata con ingresos futuros. La cuota posterior reduce el dinero disponible y puede obligar al hogar a buscar nuevamente financiamiento.
Ese mecanismo puede generar una acumulación progresiva de obligaciones. La familia utiliza una tarjeta para cubrir un gasto, toma otro préstamo cuando llega la cuota y recurre a una aplicación o a un familiar cuando vuelve a faltar dinero. La deuda comienza a ocupar una parte creciente del presupuesto y la mora aparece cuando los ingresos ya no alcanzan para sostener ese esquema.
La situación adquiere otra dimensión cuando el crédito tiene una garantía prendaria. Un vehículo, una motocicleta o cualquier otro bien registrable puede quedar comprometido frente al incumplimiento y convertirse en el objeto de una ejecución.
La Legislatura riojana aprobó una norma que suspende esas ejecuciones durante 180 días y declara la emergencia social y económica en esa materia. La medida mantiene las obligaciones existentes y concentra la intervención en el procedimiento que permite ejecutar el bien.
Durante esos seis meses, el acreedor conserva su derecho al cobro y el deudor obtiene un período para negociar. La Provincia pretende que ese tiempo permita reorganizar las obligaciones antes de que la mora derive en la pérdida del vehículo u otro bien dado en garantía.
Lourdes Ortiz explicó el criterio con una definición directa: “Que el acreedor pueda cobrar y el deudor pueda pagar”. La frase resume el objetivo político de la iniciativa: conservar la obligación y generar condiciones para que el deudor pueda afrontarla mediante un esquema compatible con sus ingresos.
La segunda parte de la propuesta aborda las deudas que ya ingresaron en mora. El proyecto crea un Régimen Provincial de Refinanciación Responsable de Deudas en Mora y Protección frente al Sobreendeudamiento de las Familias para consumidores y usuarios financieros con domicilio en La Rioja.
El régimen alcanza deudas de consumo con una mora igual o superior a 60 días. Incluye préstamos personales, tarjetas de crédito, mutuos y otras modalidades de financiamiento otorgadas por entidades financieras, emisoras no bancarias, proveedores de crédito, fintech y plataformas que operen comercialmente en la provincia.
El deudor podrá solicitar una refinanciación y el acreedor deberá presentar, dentro de los 15 días hábiles, al menos una alternativa de pago que cumpla con las condiciones establecidas. Los planes deberán extenderse entre 12 y 36 cuotas.

Mediante un DNU y el comunicado por cadena provincial, el Gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, planteó el tope para créditos no bancarios y un freno a remates por 180 días para usuarios particulares al declarar la «Emergencia crediticia». De esta manera, el Poder Ejecutivo busca frenar las prácticas de usura de financieras, billeteras virtuales y bancos. 


El proyecto también fija límites para evitar que la deuda siga creciendo durante la renegociación. La tasa de interés no podrá superar la Tasa de Intereses Moratorios publicada por el Banco Central de la República Argentina. La propuesta impide además la capitalización sucesiva de intereses punitorios y limita al 2% del monto refinanciado el conjunto de gastos administrativos y comisiones.
Cada oferta deberá detallar la tasa efectiva anual, el costo financiero total, el sistema de amortización y el monto final que deberá pagar el deudor. La información busca que la persona pueda conocer el costo real de la refinanciación antes de aceptar el nuevo acuerdo.
El planteo adquiere relevancia porque una deuda vencida puede crecer mientras el ingreso familiar permanece estable. Los intereses, punitorios y cargos aumentan el monto pendiente y reducen las posibilidades de cancelación. La refinanciación intenta establecer una cuota que pueda sostenerse con los ingresos disponibles.
El proyecto también abrió una discusión sobre las facultades provinciales. Ortiz sostuvo que la Provincia interviene sobre la vía de ejecución y mantiene intacta la garantía real constituida mediante la prenda. Desde esa posición, La Rioja regula un procedimiento dentro de su jurisdicción y establece una suspensión temporal.
La oposición cuestionó ese alcance y planteó dudas sobre la competencia provincial para intervenir en ejecuciones vinculadas con garantías prendarias reguladas por legislación nacional. La controversia podría llegar a los tribunales si los acreedores afectados cuestionan la aplicación de la norma.
La discusión jurídica acompaña un problema económico que presenta otra dificultad: suspender una ejecución durante seis meses no modifica por sí mismo la capacidad de pago de una familia. El plazo permite negociar y reorganizar las obligaciones, pero el nuevo acuerdo tendrá posibilidades de sostenerse solamente si el ingreso alcanza para cubrir la cuota y los gastos habituales.
Ese punto conecta la iniciativa riojana con el relevamiento del Instituto Periferias. Las tarjetas de crédito concentraron el 37,8% de las formas de endeudamiento mencionadas por las personas consultadas. Los préstamos de familiares o conocidos representaron el 28,7%, los particulares el 23,6% y las aplicaciones y billeteras virtuales el 23,3%.
Los datos muestran que las familias recurren a canales muy diferentes para conseguir dinero cuando el ingreso mensual resulta insuficiente. El sistema financiero formal convive con préstamos familiares, particulares y plataformas digitales. Cada modalidad tiene condiciones diferentes y puede generar distintos niveles de presión sobre el presupuesto del hogar.
El endeudamiento mediante particulares plantea además una preocupación específica. El Instituto Periferias advirtió sobre posibles situaciones de usura y señaló que determinados circuitos informales podrían relacionarse con redes delictivas en algunos barrios. Esa relación forma parte de la advertencia del instituto y requiere investigaciones concretas para establecer su alcance.
La propuesta riojana intenta actuar sobre dos momentos de la deuda. La suspensión de las ejecuciones busca evitar durante seis meses la pérdida del bien utilizado como garantía. El régimen de refinanciación pretende modificar las condiciones de pago para que una obligación vencida pueda convertirse en un plan sostenible.
La diferencia importa porque una suspensión solamente detiene una consecuencia. La refinanciación procura modificar las condiciones que llevaron a esa consecuencia. Si una familia consigue una cuota compatible con sus ingresos, puede recuperar el cumplimiento. Si el ingreso continúa sin alcanzar para cubrir los gastos básicos y la nueva cuota, la mora puede reaparecer.
La propia Ortiz ubicó el endeudamiento dentro de un problema económico más amplio. La legisladora sostuvo que muchas familias recurren al crédito para cubrir necesidades básicas y planteó que una solución integral requiere condiciones económicas y de desarrollo diferentes de las actuales.
Ese planteo introduce el límite de cualquier política de refinanciación. El Estado puede intervenir sobre las condiciones de una deuda, suspender una ejecución y establecer reglas para una renegociación. La capacidad de pago depende además del ingreso que recibe cada familia y del costo de los bienes y servicios que debe afrontar.
Cuando una familia necesita crédito para comprar alimentos, la deuda empieza a ocupar el lugar que debería cumplir el ingreso corriente. El préstamo permite resolver el gasto del presente y compromete recursos futuros. Si esa operación se repite, una parte cada vez mayor del dinero que ingresa al hogar queda destinada a pagar obligaciones anteriores.
La experiencia riojana intenta cortar esa secuencia antes de que la mora termine en una pérdida patrimonial. Quintela y Ortiz plantean una intervención provincial que preserve el derecho de los acreedores a cobrar y, al mismo tiempo, permita que los deudores negocien condiciones que puedan cumplir.
El resultado dependerá de los acuerdos que puedan alcanzarse durante el período de suspensión y de la capacidad de los hogares para sostener las refinanciaciones. Los 180 días pueden ofrecer un margen relevante para negociar, pero el plazo por sí solo no modifica el ingreso de una familia.
El dato nacional aporta la dimensión social del problema. Casi seis de cada diez personas consultadas por el Instituto Periferias en barrios populares están endeudadas y más de cuatro de cada diez utilizaron el crédito para comprar alimentos. La situación coloca al endeudamiento en una discusión que excede el vínculo entre prestamista y deudor.
La cuestión central pasa por determinar qué ocurre cuando una familia necesita endeudarse para sostener sus gastos básicos y después carece de ingresos suficientes para devolver ese dinero. La Rioja decidió intervenir sobre esa instancia con una pausa de seis meses para las ejecuciones prendarias y con un régimen destinado a ordenar las deudas en mora.
Ahora deberá demostrar si esas herramientas consiguen algo más que postergar el problema: convertir deudas que hoy resultan difíciles de pagar en obligaciones que las familias puedan efectivamente cumplir.